Normas para poder volar un DJI Mavic Mini

dron

Si tienes un DJI Mavic Mini o un DJI Mavic Mini 2, a continuación puedes encontrar un resumen de todo lo que debes tener en cuenta según la normativa europea que entra en vigor. Si tienes otro dron, tendrás que buscar otras fuentes, aquí solo me centro en el DJI Mavic Mini.

Es importante tener en cuenta que la normativa está cambiando, ya que se ha creado una nueva normativa europea, y España la está adaptando. Todavía no está implementada del todo, así que a nivel legal, al momento de publicar este artículo la normativa vigente es la española, no la europea.

La identificación de clase del Mavic Mini es C0 y pertenece a la categoría «abierta», subcategoría A1

A efectos legales, el Mavic Mini es un UAS (Sistema Aereo No Tripulado) con videocámara que pesa menos de 250g. Según eso, su identificación de clase es la C0. Estaría en la categoría abierta, y dentro de esta, en la subcategoría A1 (existen varias categorías, más información aquí)

Características de la clase C0

  • Tener una MTOW inferior a 250 g.
  • Velocidad máxima en vuelo de 19 m/s.
  • Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
  • Estar alimentado con electricidad.

Como curiosidad, los drones de categorías superiores, deben tener cosas como números de serie únicos, sistemas de geoconsciencia, etc.

Restricciones de la categoría A1 que debemos tener en cuenta:

  • Evitar sobrevolar personas que no participen de la operación
  • Prohibido volar sobre concentraciones de personas (para evitar avalanchas).
  • Registro como operador de drones. Esto no parece nada ambiguo, las fuentes fiables y oficiales lo presentan como obligatorio en todos los casos. El registro se hace aquí.
  • Colocar una identificación en el dron (vamos, una pegatina) que ponga Nombre, teléfono, número de operadora, modelo de dron y número de serie.
  • Esta identificación debe ser de aluminio o en general de metal, y que no se pueda quitar o caer.

Con esto ya cumpliríamos la normativa europea. Ahora la normativa específica para vuelo de drones:

Normativa general de vuelo de drones

Además de las normativas española y europea, se debe cumplir una serie de requisitos generales:

  • El dron debe estar siempre a 500m o dentro del alcance visual del piloto
  • No se puede pasar de 120m. de altura.
  • No es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil, pero es recomendable tener uno.
  • No volar en zonas restringidas. Para ello tomaremos como referencia el mapa de Enaire.
  • Respetar el derecho a la intimidad en caso de grabar personas, y tener en cuenta la ley de protección de datos.

Dónde se puede volar y dónde no

No se puede volar de forma libre en cualquier lugar. Hay que respetar las restricciones de vuelo. La forma más sencilla de consultarlas es con el mapa de ENAIRE DRONES.

Algunas referencias a tener en cuenta:

  • Zonas CTR (zonas de espacio aereo controlado, o sea aeropuertos principalmente) y aeródromos: Prohibido volar a menos de 8km. Por ejemplo, aeropuerto de Asturias, aeródromo del Musel.
  • Zonas naturales protegidas y zonas de protección para aves (ZEPA): Para poder volar es necesario solicitar un permiso. Si no lo pides, te pueden multar.
  • Zonas especiales: Zonas de protección de la fauna, zonas de peligro para aeronaves (por ejemplo de pruebas militares), zonas militares donde no se puede grabar… Hay muchas excepciones.

Otros factores a tener en cuenta

Si hemos cumplido con todas las consideraciones anteriores, a nivel legal ya podríamos volar. Sin embargo existen factores adicionales que deben ser tenidos en cuenta. Seguramente prepararé otro artículo para hablar de ellas, pero son temas como meteorología, viento, eventos en los que pueda haber gente, etc. También hay que tener mucho cuidado con la ley de protección de datos que es un mundo aparte.

En conclusión

Después de investigar todo este asunto con calma, la conclusión es que no es complicado volar un dron como el Mavic Mini desde una perspectiva estrictamente legal. Hay restricciones, pero son razonablemente sencillas de cumplir. Es indiscutible que hay temas desde el punto de vista legal más que discutibles, por ejemplo la cantidad de zonas ZEPA que hay es absurda. Pretender que un dron es más problemático para la vida salvaje que por ejemplo un coche rodando por debajo, es absurdo, pero la ley es la ley, y aunque se puede discutir, al final toca cumplirla. Sin embargo creo que hay espacios más que de sobra donde se puede volar un dron sin el más mínimo problema o miedo. Otro gallo canta si hablamos de drones más grandes. Creo que en el caso de querer invertir en drones más grandes, lo prudente es esperar a 2023, fecha en que la ley entre en vigor definitivamente, y ya se hayan aclarado todos los flecos, siendo para mí el más arriesgado el relativo a que tu UAS cumpla con todas las legislaciones, cosa que los drones actuales directamente no hacen (al no contar con sistemas que en breve serán obligatorios, como los sistemas de geoconsciencia).

 

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